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martes, 29 de marzo de 2011


10:36 El profesor empieza a orientar la clase, indicándonos que podíamos compartir archivos en powerpoint con otros usuarios a través de slideshare.net; cada uno creó su cuenta en ésta página y así poder subir el archivo en presentación power point, después de haberse cargado correctamente el archivo, lo copiamos en nuestro blog

·  Posteriormente el profesor nos comunica qyue debemos conformar un grupo  de  4 personas máximo,para elaborar un trabajo sobre licenicas (Qué son, porqué y para qué una licencia pública o privada etc); ingresamos a la pagina flisol.info, evento muy importante sobre la instalación de software libre; el profesor nos orienta que bien podemos presentar nuestro trabajo en clase, o participar en esta jornada que se llevará a cabo el día 30 de abril/2011, en el horario de 9am-4pm en la unviersidad Antonio Nariño. 

inIngresamos a la página de creative commons para conocer un poco más sobre formas de reducir las barreras legales de la creatividad.

Asimismo observamos la página de copyleft, donde pudimos conocer qué es y en qué consiste la misma? entendida ésta como una práctica al ejercer el derecho de autor que permite la libre distribución de copias y versiones modificadas de una obra u otro trabajo etc

Leimos lo concerniente a FREE CULTURE, de lawrence lessig...

El profesor señala que el día 26 de abril serán las exposiciones en clase, para esto confirmamos en el blog de la asignatura cómo están conformados los grupos.

http://www.ambitojuridico.com/BancoConocimiento/N/noti-110304-01/noti-110304-01.asp?Miga=1&CodSeccion=41

Los fallos en equidad deben motivarse y fundamentarse en pruebas

Los fallos en equidad deben estar motivados y fundamentarse en las pruebas oportuna y legalmente allegadas al proceso. Así lo advirtió la Sección Tercera del Consejo de Estado, en sentencia del pasado 21 de febrero.

Según el fallo, cuando los árbitros no explican las razones de su decisión, se configura la causal de anulación de laudos prevista en el numeral 6º del artículo 163 del Decreto 1818 de 1998.


VER MÁS....http://www.ambitojuridico.com/BancoConocimiento/N/noti-110304-01/noti-110304-01.asp?Miga=1&CodSeccion=41

lunes, 28 de marzo de 2011

El 40 por ciento de los desplazados deben interponer acciones jurídicas para reclamar sus ayudas humanitarias, según ONG

Por lo menos el 40 por ciento de los desplazados deben acudir a acciones de tutela o derechos de petición para lograr que el Gobierno, a través de la Oficina de Acción Social de la Presidencia de la República, les asigne la ayuda humanitaria a la que tienen derecho.

Una investigación hecha por la Corporación Nuevo Arcoris muestra que el Gobierno debió responder entre los años 2007 y 2010, 134 mil tutelas por la vulneración al derecho a recibir atención humanitaria.

VER MAS...http://www.caracol.com.co/nota.aspx?id=1445691

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES

http://noticias.juridicas.com/

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley sobre Adecuación, Adaptación y Modernización del Sistema de Seguridad Social. El Proyecto recoge las recomendaciones del Pacto de Toledo y el acuerdo alcanzado entre el Gobierno y los agentes sociales el pasado 2 de febrero.
El Proyecto, de carácter integral, contribuye a reforzar la sostenibilidad económica del sistema, supone pasar de un sistema de jubilación imperativa a otro de jubilación flexible, aumenta la relación entre lo que se cotiza y lo que se percibe (contributividad) y la solidaridad, mediante una adecuada coordinación entre los ámbitos contributivo y no contributivo.

martes, 22 de marzo de 2011

Jueces pueden declarar la ilegalidad de un acto administrativo, al decidir una acción de grupo

Los jueces pueden declarar la ilegalidad de los actos administrativos con los que se le haya causado daño a un número plural de personas, cuando decidan una acción de grupo.

A esta conclusión llegó la Sección Tercera del Consejo de Estado, al resolver una acción de grupo que varios habitantes de Montería (Córdoba) promovieron por la indebida liquidación del impuesto de alumbrado público.

El alto tribunal aclaró que esta acción procede cuando los daños se derivan de un acto administrativo, legal o ilegal, y no solo cuando son ocasionados por hechos, omisiones y operaciones administrativas, como se ha interpretado erróneamente.

Ver mas ... http://www.ambitojuridico.com/BancoConocimiento/N/noti-031811/noti-031811.asp?Miga=1&CodSeccion=84

BITÁCORA

Hoy martes 22 de marzo de 2011 es mi primera clase debido a varias circunstancias: 1. el día 20 de enero de 2011 siendo las 11:00am nació mi hermoso hijo SAMUEL DAVID BEDOYA CALDERÓN razón por la cual no estaba asistiendo a la universidad las primeras semanas 2. La asignatura de informática jurídica la había matriculado para verla los días martes en el horario de 6-9 am y debido a que ésta fue cancelada, por falta de estudiantes, el consejo de facultad aprobó que pudiera matricularla de nuevo  en el horario de las 10:00 am.  Pero ahroae stoy aquí con mucha disposición e interés en actualizarme y cumplir con las actividades académicas online. .. GRACIAS..