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domingo, 24 de abril de 2011

Copagos no pueden exigirse cuando el paciente carece de recursos

Si una persona necesita con urgencia un servicio médico, pero no tiene capacidad económica para asumir el valor de los copagos o cuotas moderadoras, la entidad encargada de prestar el servicio de salud debe asumir el 100% de su valor.

Así lo recordó la Corte Constitucional, al tutelar el derecho a la salud de una mujer que sufre de insuficiencia renal crónica terminal, a quien la EPS a la que se encuentra afiliada le negó la exoneración de los copagos, a pesar de no contar con recursos suficientes para sufragarlos.

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